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Legislación de Comercio Exterior Panamá

Panamá

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(Última actualización 18/09/2019)

Exportaciones

Librex
Plazo Mínimo 
Plazo Máximo 
Registro en Banco Central 
Leyes y Decretos

Régimen Bancario 

– Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008 Gaceta Oficial No.26035 de 8 de mayo de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008). Posteriormente los artículos 8, 12 y 13 de este Decreto fueron modificados por la Ley No.67 de 2011 (Que establece el sistema de coordinación y cooperación interinstitucional entre los entes de fiscalización financiera, crea la superintendencia del mercado de  valores, reforma el Decreto Ley 1 de 1999 y la Ley 10 de 1993 y se dictan otras disposiciones). El Art.8 del Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998, fue modificado por la Ley No.12 de 2012 (Composición, Dignatarios y Remuneración de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos). Mediante Sentencia de 11 de junio de 2014, fue declarada parcialmente inconstitucional la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional.” contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008) y declarado inconstitucional el artículo 22 de la misma excerta legal.

Circulares y Resoluciones

– Acuerdo No. 7-2013 de 10 de septiembre de 2013 Gaceta Oficial No. 27377 de 19 de septiembre de 2013 por el cual se reglamenta el artículo 332 sobre el uso exclusivo de denominaciones, y las autorizaciones previas de los proyectos del pacto social y sus reformas de entidades con licencia expedida por la superintendencia, y se dictan otras disposiciones.

Tasa Impositiva al Préstamo
Subsidio Fiscalx
Control de Precios 
Leyes y Decretos

– Ley No.4 de 17 de mayo de 1994 Gaceta Oficial No.22539 de 19 de mayo de 1994, establece una sobre tasa del 1% aplicable los préstamos personales y comerciales locales. El 50% de los fondos provenientes de dicha sobretasa alimentan el Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI), que a su vez se destinan al reembolso a las entidades financieras que otorguen préstamos con tasas con descuento para su utilización en ciertas actividades agropecuarias y agroindustriales. 

Modificada por Ley No.15 de 21 de abril de 2015, numeral 1 del artículo 1 y los artículos 2, 6, y 7 y el numeral 4 del artículo 10 de la Ley 4 del 17 de mayo de 1994:

1) Numeral 1 del artículo: Monto máximo por ciclo productivo por rubro B/.500,000.00, con excepción de los préstamos que se otorguen a grupos asociativos de producción agrícola).

2) Artículo 2: fue modificado pero se mantiene la redacción en cuanto a la sobretasa 1% aplicable a los préstamos personales y comerciales locales, esa misma tasa aplicará para los contratos de factoraje financiero.

3) Artículo 6: Actividades que califican para recibir el descuento en la tasa de interés a que se refiere el artículo 1 de la Ley 4 de 1994.

4) Artículo 7: Multas a la infracción de la Ley.

5) Numeral 4 del artículo 10: Definición de préstamos personales y préstamos comerciales.

 

Circulares y Resoluciones

– Resolución FECI No.052-2010 de 6 de septiembre de 2010 Gaceta Oficial No. 26623 de 17 de septiembre de 2010. Por la cual se fija en cuatro por ciento (4.0%) el descuento en la tasa de interés en los préstamos que se otorguen para la producción de los productos alimenticios enunciados en el artículo 3 del decreto ejecutivo no. 29 de 1996.

– Ley 110 del 26 de noviembre de 2013 Gaceta Oficial No. 27423 de 27 de noviembre de 2013, que modifica la ley 4 de 1994 la cual establece el sistema de intereses preferenciales al sector agropecuario.

Plazo Mínimo 
Plazo Máximo 
Plazo Librex
Tasa de Interés Promedio 
Leyes y Decretos

Régimen Bancario

– Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008 Gaceta Oficial No.26035 de 8 de mayo de 2008  (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008). Los artículos 8,12 y 13 de este Decreto Ley fueron modificados por la Ley 67 de 1 de septiembre de 2011. El artículo 8 del Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998, fue modificado por la Ley No.12 de 2012 (Composición, Dignatarios y Remuneración de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos). Mediante Sentencia de 11 de junio de 2014, fue declarada parcialmente inconstitucional la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional..” contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008) y declarado inconstitucional el artículo 22 de la misma excerta legal.

Circulares y Resoluciones

– Acuerdo 3-2002 de 27 de marzo de 2002 Gaceta Oficial No. 24529 de 11 de abril de 2002, de la Superintendencia de Bancos, por la cual adopta la metodologí­a para el cálculo de la tasa de Interés efectiva cuyo criterios generales fueran establecidos mediante el Acuerdo número 1-39 de 27 de abril de 1993.

– Acuerdo 7-2003 de 16 de octubre de 2003 Gaceta Oficial No. 24920 de 30 de octubre de 2003, se aprueban una serie de disposiciones aplicables a los Bancos Oficiales y Bancos de Licencia General que presten el servicio de tarjeta de crédito. El Acuerdo 4-08 de 31 de marzo de 2008 Gaceta Oficial No. 26044 de 21 de mayo de 2008 modifica el artículo 30 de este Acuerdo. 

Plazo Mínimo 
Plazo Máximo 
Plazo Librex
Depósitos para Acceder Crédito 
Líneas Especiales de Crédito – Banco Central 
Líneas Especiales de Crédito – Acuerdos de Integración 
Leyes y Decretos

Panamá no tiene una Banca Central propiamente tal, sin embargo, el Banco Nacional de Panamá otorga líneas de crédito en dólares.

– Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008 Gaceta Oficial No. 26035 de 8 de mayo de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008). Los artículos 8,12 y 13 de este Decreto Ley fueron modificados por la Ley 67 de 1 de septiembre de 2011. El artículo 8 del Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998, fue modificado por la Ley No.12 de 2012 (Composición, Dignatarios y Remuneración de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos). Mediante Sentencia de 11 de junio de 2014, fue declarada parcialmente inconstitucional la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional..” contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008) y declarado inconstitucional el artículo 22 de la misma excerta legal.

– Adhesión de Panamá como socio extra regional y país beneficiario no fundador de Banco Centroamericano de Integración Económica – BCIE (Decreto de Gabinete 2 de 15 de febrero de 2006 Gaceta Oficial No. 25488 de 17 de febrero de 2006).

 

Régimen Bancario

– Decreto-Ley 9 de 26 de febrero de 1998 Gaceta Oficial No.23499 de 12 de marzo de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008. Art.8 del Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998, fue modificado por la Ley No.12 de 2012 (Composición, Dignatarios y Remuneración de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos). Mediante Sentencia de 11 de junio de 2014, fue declarada parcialmente inconstitucional la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional.” contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008) y declarado inconstitucional el artículo 22 de la misma excerta legal.

Circulares y Resoluciones

– Acuerdo 7-2003 de 16 de octubre de 2003 Gaceta Oficial No. 24920 de 30 de octubre de 2003, se aprueban una serie de disposiciones aplicables a los Bancos Oficiales y Bancos de Licencia General que presten el servicio de tarjeta de crédito. El Acuerdo 4-08 de 31 de marzo de 2008 Gaceta Oficial No. 26044 de 21 de mayo de 2008 modifica el artículo 30 de este Acuerdo. 

Importaciones

Depósitos Previos 
Depósitos de Garantía 
Control en Compra de Divisas 
Leyes y Decretos

Régimen Bancario

– Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008 Gaceta Oficial No.26035 de 8 de mayo de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008). Posteriormente los artículos 8, 12 y 13 de este Decreto fueron modificados por la Ley No.67 de 2011 (Que establece el sistema de coordinación y cooperación interinstitucional entre los entes de fiscalización financiera, crea la superintendencia del mercado de  valores, reforma el Decreto Ley 1 de 1999 y la Ley 10 de 1993 y se dictan otras disposiciones). El Art.8 del Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998, fue modificado por la Ley No.12 de 2012 (Composición, Dignatarios y Remuneración de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos). Mediante Sentencia de 11 de junio de 2014, fue declarada parcialmente inconstitucional la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional.” contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008) y declarado inconstitucional el artículo 22 de la misma excerta legal.

Circulares y Resoluciones
Tasa Impositiva al Préstamo 
Control de Precios 
Leyes y Decretos

A) Arancel de importación de la República de Panamá

B) Aranceles preferenciales como resultado de las negociaciones de acuerdos comerciales

i) Colombia (Ley 19 de 1994, D.E. 23 de 2003,  Protocolo S/N de 28/4/03 “Primer Protocolo modificatorio de los Anexos II y III que son parte integral del Acuerdo de alcance parcial entre la República de Panamá y la República de Colombia, suscrito en Cartagena de Indias a los 9 días del mes de julio de 1993; Protocolo S/N de 15/2/05 “Segundo Protocolo modificatorio de los Anexos II y III que son parte integral del Acuerdo de alcance parcial entre la República de Panamá y la República de Colombia, suscrito en Cartagena de Indias a los 9 días del mes de julio de 1993”.);

ii) Costa Rica (Ley 24 de 2003, Ley 17 de 2008);

iii) El Salvador (Ley 24 de 2003, Ley 25 de 2003, Decreto Ejecutivo 17 de 2003, Ley 51 de 2006, Ley 10 de 2008);

iv) Guatemala (Ley 24 de 2003, Ley 48 de 2008);

v)  Honduras (Ley 24 de 2003, Ley 23 de 2008);

vi)  México (Ley 14 de 1985);

vii)  Nicaragua (Ley 24 de 2003, Ley 29 de 2009); 

viii) República Dominicana (Ley 19 de 1985, Ley 63 de 2003);

ix)  República de China Taiwán (Ley 62 de 2003, D.E. 54 de 2008);

x) Singapur (Ley 19 de 2006);

xi) Chile (Ley 7 de 2007, D.E. 83 de 2008)

xii) Cuba (Ley 30 de 2009)

xiii)  Canadá (Ley 69 de 26 de octubre de 2010)

xiv)  Perú (Ley No. 82 del 22 de diciembre de 2011)

xv)   Estados Unidos (Ley N° 53 de 13 de diciembre de 2007)

xvi)   Asociación Latinoamericana de integración (ALADI):

·         Acuerdo Regional que Instituye la Preferencia Arancelaria Regional (Protocolo de Adhesión de la República de Panamá). (Ley N° 22 de 27 de abril de 2012). 

·         Acuerdo en favor de Bolivia.(Ley N° 27 de 3 de mayo de 2012).

·         Acuerdo en favor del Ecuador.(Ley N° 26 de 3 de mayo de 2012).

·         Acuerdo en favor de Paraguay. (Ley N° 18 de 27 de abril de 2012).  

xvii)  Protocolo de incorporación de la República de Panamá a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (Ley 26 de 17 de abril de 2013 Gaceta Oficial No. 27268-B de 17 de abril de 2013)

xviii) Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea y sus Estados Miembros  (Ley 27 de 17 de abril de 2013 Gaceta Oficial No. 27269 de 18 de abril de 2013) 

Ver:

Circulares y Resoluciones
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Leyes y Decretos

Régimen Bancario

– Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008 Gaceta Oficial No.26035 de 8 de mayo de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008). Posteriormente los artículos 8, 12 y 13 de este Decreto fueron modificados por la Ley No.67 de 2011 (Que establece el sistema de coordinación y cooperación interinstitucional entre los entes de fiscalización financiera, crea la superintendencia del mercado de  valores, reforma el Decreto Ley 1 de 1999 y la Ley 10 de 1993 y se dictan otras disposiciones). El Art.8 del Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998, fue modificado por la Ley No.12 de 2012 (Composición, Dignatarios y Remuneración de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos). Mediante Sentencia de 11 de junio de 2014, fue declarada parcialmente inconstitucional la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional.” contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008) y declarado inconstitucional el artículo 22 de la misma excerta legal.

Circulares y Resoluciones

– Acuerdo 3 de 27 de marzo de 2002 Gaceta Oficial No. 24529 de 11 de abril de 2002 de la Superintendencia de Bancos (Metodologí­a para el cálculo de la tasa de Interés Efectiva).

– Acuerdo 7-2003 de 16 de octubre de 2003 Gaceta Oficial No. 24920 de 30 de octubre de 2003, que establece medidas referentes a las tarjetas de crédito.

Plazo Mínimo 
Plazo Máximo 
Plazo Libre x
Tasa de Interés Promedio 
Líneas Especiales de Crédito – Banco Central 
Líneas Especiales de Crédito – Acuerdos de Integración 
Leyes y Decretos

Panamá no tiene una Banca Central propiamente tal, sin embargo el Banco Nacional de Panamá otorga líneas de crédito en dólares.

– Decreto Ejecutivo 52 de 30 de abril de 2008 Gaceta Oficial No. 26035 de 8 de mayo de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008).

– Adhesión de Panamá como socio extra regional y país beneficiario no fundador de Banco Centroamericano de Integración Económica (Decreto de Gabinete No. 2 de 15 de febrero de 2006 Gaceta Oficial No. 25488 de 17 de febrero de 2006) – BCIE (Decreto de Gabinete 2 de 15 de febrero de 2006 Gaceta Oficial No. 25488 de 17 de febrero de 2006).

Régimen Bancario 

– Decreto Ejecutivo No. 52 de 30 de abril de 2008 Gaceta Oficial No.26035 de 8 de mayo de 2008 (Que adopta el Texto Único del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, modificado por el Decreto Ley 2 de 22 de febrero de 2008). Posteriormente los artículos 8, 12 y 13 de este Decreto fueron modificados por la Ley No.67 de 2011 (Que establece el sistema de coordinación y cooperación interinstitucional entre los entes de fiscalización financiera, crea la superintendencia del mercado de  valores, reforma el Decreto Ley 1 de 1999 y la Ley 10 de 1993 y se dictan otras disposiciones). El Art.8 del Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998, fue modificado por la Ley No.12 de 2012 (Composición, Dignatarios y Remuneración de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos). Mediante Sentencia de 11 de junio de 2014, fue declarada parcialmente inconstitucional la frase “5. No estará sujeta al pago de impuestos, derechos tasas, cargos, contribuciones o tributos de carácter nacional.” contenida en el artículo 4 del Texto Único (Decreto Ejecutivo No.52 de 30 de abril de 2008) y declarado inconstitucional el artículo 22 de la misma excerta legal.

Circulares y Resoluciones

– Acuerdo 7-2003 de 16 de octubre de 2003 Gaceta Oficial No. 24920 de 30 de octubre de 2003, que establece medidas referentes a las tarjetas de crédito.

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