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Información Actualizada
Temas Jurídicos
Legislación de Comercio Exterior Colombia
Exportaciones
Libre | x |
Cuotas |
Leyes y Decretos
Ley 09/91 Título II Cap 1 Art 18-23 Ley 31 de 1992 Decreto 1735 de 1993
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 de la Junta Directiva del Banco de la República Circular Reglamentaria DCIN 83 Febrero 6/2008
Libre | |
Plazo Mínimo | |
Plazo Máximo | x |
Registro en Banco Central | x |
Leyes y Decretos
NOTA: Se registran ante el Banco de la República las operaciones que se hacen a través del convenio de pagos reciprocos ALADI.
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 de la Junta Directiva del Banco de la República Circular Reglamentaria DCIN 83/6 de Febrero de 2008.
Tasa Impositiva al Préstamo | |
Subsidio Fiscal | |
Control de Precios |
Leyes y Decretos
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 de la Junta Directiva del Banco de la República Circular Reglamentaria DCIN 83 6 de Febrero de 2008
Plazo Mínimo | |
Plazo Máximo | |
Plazo Libre | |
Tasa de Interés Promedio |
Leyes y Decretos
Regulado por la Circular Básica Jurídica y Contable 100 y 007 /Superfinanciera. Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Código de Comercio
Circulares y Resoluciones
Plazo Mínimo | |
Plazo Máximo | |
Plazo Libre | x |
Depósitos para Acceder Crédito | x |
Líneas Especiales de Crédito – Banco Central | |
Líneas Especiales de Crédito – Acuerdos de Integración | x |
Leyes y Decretos
Observación: Actualmente existe un depósito no remunerado en el Emisor equivalente al 11% del valor del desembolso liquidado a la TRM para prefinanciar exportaciones. En caso de constituir el depósito en dólares de los Estados Unidos, el valor del depósito será 20%. En ambos casos el plazo para su redención es de 12 meses. (RE. 18 de 2007)
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 de la Junta Directiva del Banco de la República Circular Reglamentaria DCIN 83 6 de Febrero de 2008 RE. 18 de 2007 Banco de la República
Importaciones
Libre | x |
Previa | x |
Leyes y Decretos
Listado de bienes que requieren licencia previa: Resolucion 1 de 1995 y Circular Externa 77 de 2002. Adiciones y modificaciones: Circular Externa No. 022 de 2003 (leche y nata (crema)) Circular Externa No. 023 de 2004 (traslado al régimen de licencia previa de algunos productos químicos) Circular Externa No. 007 de 2003 (leche y nata (crema)) Circular Externa No. 028 de 2005 (Licencia previa para aceites provenientes de la CAN) Circular Externa No. 052 de 2005 (Suspende la aplicación del decreto 1141 de 2005 CE No 028 de 2005) Circular Externa No. 056 de 2006 (Actualización productos que requieren autorización previa de la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas) Circular Externa No. 010 de 2006 (Presentación anexos de licencia previa ventanilla Única de comercio exterior VUCE) Circular Externa No. 006 de 2008 (Actualización productos sujetos a control previo)
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 de la Junta Directiva del Banco de la República Circular Reglamentaria DCIN 83 Febrero 6 de 2008
Depósitos Previos | x |
Depósitos de Garantía | |
Control en Compra de Divisas | x |
Leyes y Decretos
Nota: El porcentaje del depósito esta en 0%
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 de la Junta Directiva del Banco de la República Circular Reglamentaria DCIN 6 de Febrero de 2008.
Tasa Impositiva al Préstamo | x |
Control de Precios | x |
Leyes y Decretos
Decreto 660, de 25.09.92. Institui o Sistema Integrado de Comércio Exterior.
Decreto 6.759, de 05.02.09. Regulamenta a administração das atividades aduaneiras, e a fiscalização, o controle e a tributação das operações de comércio exterior.
Lei 9.430, de 27.12.96. Dispõe sobre a legislação tributária federal, as contribuições para a seguridade social, o processo administrativo de consulta e dá outras providências.
Circulares y Resoluciones
Plazo Mínimo | |
Plazo Máximo | |
Plazo Libre | x |
Tasa de Interés Promedio |
Leyes y Decretos
Regulado por la Superintendencia Bancaria Circular Básica Jurídica y Contable 100 y 007 /Super Bancaria . Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Código de Comercio
Circulares y Resoluciones
Plazo Mínimo | |
Plazo Máximo | |
Plazo Libre | x |
Tasa de Interés Promedio | |
Líneas Especiales de Crédito – Banco Central | |
Líneas Especiales de Crédito – Acuerdos de Integración | x |
Leyes y Decretos
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 de la Junta Directiva del Banco de la República Circular Reglamentaria DCIN 83/08
Inversión Extranjera
Registro | x |
Plazo Mínimo de Inversión | |
Libre Giro de Utilidades | x |
Tasa Impositiva al Giro de Utilidades |
Leyes y Decretos
Constitución Política de Colombia Art. 150, 189, 371, 372 y 373 Decreto 2080 /2000. Régimen General de Inversiones de Capital del Exterior en Colombia y de Capital colombiano en el Exterior. Modificaciones al Régimen General de Inversiones: Decreto 1844 /2003 Decreto 4210 /2004 Decreto 1866 /2005 Decreto 4474 /2005 Decreto 1940 /2006 Decreto 1801 /2007 Decreto 2466 /2007 Decreto 4814 /2007 Ley 09/91 Cap. III Art. 15-17 Ley 07/91 Ley 45 / 90 Decreto Ley 663 / 93 Ley 1111 / 27 de diciembre 2006 Notas aclaratorias: 1. La Ley 1111/2006 derogó la existencia del impuesto de remesas causado por las utilidades percibidas por sucursales en Colombia de sociedades extranjeras. Sin embargo, los formularios de las declaraciones de renta de la DIAN de los años 2007-2011 seguirán incluyendo un renglón para la liquidación del “impuesto complementario a las remesas” ya que sería hasta 2011 cuando las sucursales de sociedades extranjeras y las personas naturales inversionistas extranjeros deben demostrar la permanencia durante cinco años para cada una de sus utilidades y/o dividendos obtenidos en Colombia entre los años 2002-2006. Si llegasen a enviar al exterior dichas utilidades sin haber cumplido con la permanencia mínima, se causará el impuesto del 7% que se encontraba diferido. 2. Con el Decreto 4814 /2007 se modifica el artículo 29 del Decreto 2080 y se establece que para poder realizar inversión de portafolio en Colombia, deberá constituirse en el Banco de la República al momento de su canalización un depósito no remunerado del 40% del valor de la inversión, con un término de 6 meses para su restitución. Dicho depósito podrá constituirse en moneda legal liquidada a la Tasa Representativa del Mercado o en dólares de los Estados Unidos.
Circulares y Resoluciones
Resolución 8/00 JDBR Circular Reglamentaria DCIN 83/08 JDBR Notas aclaratorias: El libre giro de utilidades se realiza una vez se registre la inversión ante el Banco de la República. Colombia tiene un régimen de incentivos en los sectores de hidrocarburos y minería. Se prohíbe la inversión extranjera en los sectores de defensa y seguridad y desechos tóxicos. No se imponen límites a la inversión. Existe un plazo máximo para registrar la inversión (Decreto 2080/00).